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martes, marzo 21, 2023

Liberan a Aurelia García quien fue arrestada tras un aborto espontáneo

Es una mujer indígena nahua de 23 años, originaria de Xochicalco, montaña baja de Guerrero, quien, tras ser víctima de violación en su comunidad, se trasladó a Iguala

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Isaías Plascencia
Isaías Plascenciahttps://www.ciudadtijuana.info
Licenciado en Periodismo y Administración de Empresas con Maestría en Educación | Director de medios y miembro del Colegio de Comunicólogos de Baja California | Periodista enfocado a la investigación sobre derechos humanos y personas con discapacidad.
  • El pasado martes 20 de diciembre fue liberada Aurelia García Cruceño que desde 2019 fue privada de su libertad por el presunto delito de homicidio en razón de parentesco.
  • Es una mujer indígena nahua de 23 años, originaria de Xochicalco, montaña baja de Guerrero, quien, tras ser víctima de violación en su comunidad, se trasladó a Iguala
  • En 2019 fue hospitalizada como consecuencia de aborto espontáneo, por el cual fue arrestada

Luego de un largo camino, con obstáculos para acceder a la justicia, Aurelia García Cruceño, mujer indígena de Xochicalco, Guerrero obtuvo la libertad al reconocerse su inocencia tras vivir un aborto involuntario; después de una determinación judicial con perspectiva de género e interculturalidad.

El Inmujeres celebra la decisión y hace un llamado a las autoridades a continuar trabajando a favor de la protección y la garantía de los derechos humanos de mujeres, adolescentes y niñas, a través de la incorporación de la perspectiva de género e interculturalidad en sus resoluciones para que ninguna otra mujer, como Aurelia, sea criminalizada por abortar.

Aurelia García fue hospitalizada en 2019 como consecuencia de un aborto espontáneo y posteriormente arrestada por el presunto delito de homicidio en razón de parentesco.

Es importante recordar que, por unanimidad de 10 votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, en septiembre de 2021, la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017, en la que se pronunció sobre:

  • La inconstitucionalidad de las normas que criminalizan de manera absoluta a las mujeres y personas gestantes que deciden abortar, y
  • La garantía del derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes, como derecho exclusivo a la autonomía reproductiva y, por tanto, a la autodeterminación sobre la maternidad.

Al haber alcanzado una mayoría de votos, este importante precedente debe ser observado por todas y todos los jueces en el país, tanto federales como locales, por lo que deberán pronunciarse por la inconstitucionalidad de las normas penales que no contemplen la posibilidad de interrumpir el embarazo en un periodo cercano a la implantación, así como determinar la liberación inmediata de las mujeres que hayan sido encarceladas tras sufrir un aborto, en los términos dispuestos en la mencionada decisión judicial.

Es indispensable que todas las autoridades, en sus respectivos ámbitos de competencia, garanticen lo dispuesto en la NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención, y aseguren que las mujeres, adolescentes y niñas víctimas de violencia sexual no sean criminalizadas por abortar y puedan acceder a servicios de anticoncepción de emergencia, ya que la negación de estos servicios afecta en mayor medida a las que viven en situación de mayor vulnerabilidad por su origen étnico, edad y condición económica, entre otros factores.

Como servidoras y servidores públicos, tenemos la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas, y remover todos los obstáculos que les impidan decidir de forma libre, autónoma e informada sobre su proyecto de vida.

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